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ILUSTRACIÓN
DOCTRINA
Breves notas sobre la regla del doble vínculo filial.
A propósito de la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Por Catriel Josué Nieve Bensabath
JURISPRUDENCIA
TRIPLE FILIACIÓN. Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA). Voluntad procreacional. PLURIPARENTALIDAD. Socioafectividad. Interés superior del niño. DOBLE VÍNCULO FILIAL. Principio de igualdad y no discriminación. Democratización de la familia. DIFERENTES FORMAS FAMILIARES. Vacío legal. NECESIDAD DE UNA REGULACIÓN. Oportunidad, mérito y conveniencia. ATRIBUCIONES DEL CONGRESO DE LA NACIÓN.
CSJN
ALIMENTOS DERIVADOS DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL. Hijo mayor que se capacita: requisitos de procedencia. Carga probatoria.
Cám. Apel. Civ. y Com., Mercedes, Sala II
ABOGADO DEL NIÑO. Adolescente. Solicitud de participación procesal. Designación de abogado. Edad y grado de madurez suficiente: Presunción. Intervención de un Tutor ad litem. Rechazo.
CNCiv., Sala K
ALIMENTOS. Cese intempestivo del proceso de adopción. Adolescente con discapacidad. Principio de solidaridad. Analogía con el progenitor afín. Fijación de cuota alimentaria y mantenimiento de la afiliación a la obra social del ex pretenso adoptante.
Cám. Civ. y Com y Flia., Lomas de Zamora, Sala I
BENEFICIO LITIGAR SIN GASTOS. Denegatoria. Apelación. Caja de abogados y procuradores. Acceso a la justicia. Monto excesivamente gravoso. Capacidad económica de la accionante. Impotencia patrimonial. Carencia de recursos. Subsistencia. Error material.
Juzg. Flia. 5.° Nom., Córdoba
AUTORIZACIÓN PARA SALIR DEL PAÍS. Oposición materna. Escucha activa de los NNA: multidisciplina. Art. 645 CCCN. Interés Superior de los NNA e interés familiar. Terapia por mandato.
Juzg. Flia. 5.º Nom., Córdoba
FILIACIÓN. TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA. Gestación por sustitución intrafamiliar. Falta de regulación legal. VOLUNTAD PROCREACIONAL. Procedencia.
Juzg. Flia. N.°4, San Isidro
ALIMENTOS. Solicitud de aumento de la cuota alimentaria. Progenitor que trabaja informalmente. OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LOS ASCENDIENTES: naturaleza jurídica. Abuelo que trabaja y posee capacidad económica.
Unidad Proc. Bariloche N.° 7
LEGISLACIÓN
Acuerdo Reglamentario N.° 1936 — Serie «A» del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
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